include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33906IVCPA
Fecha: 2005-09-16
Carátula: CHRISTIENSEN María C. c/FRANCO Juan y otro S/ Ordinario (C.P.A.)
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 16 de setiembre de 2005.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " CHRISTIANSEN MARIA CRISTINA c/ FRANCO JUAN y OTRO s/ ORDINARIO " (Expte. Nº 33.906-IV-01).- (C.P.A.).-
A fs.144 la parte demandada mantiene la impugnación respecto de la pericia contable y pide se complete el informe o se ordene nueva pericia.-
A fs.148 se presenta la parte actora y refiere que la nueva designación resulta innecesaria pues la perito contadora ha contestado suficientemente los puntos de pericia y en caso que el Tribunal considere necesario designar nuevo perito manifiesta su desinterés, a fin de no tener que soportar las costas de dicha designación.-
A fs.151 se dictan autos para resolver.-
Sin evaluar los términos de la pericia presentada por la Cra. Bartolotta ni la impugnación deducida por el codemandado Franco, por no corresponder en esta instancia atento a que dicha merituación debe realizarse en la sentencia, en virtud de la actitud asumida por el codemandado se procede a designar un nuevo perito.-
En razón de la situación planteada es de aplicación lo dispuesto por el art.478 inc.2 del C.P.C., por lo que habiendo manifestado la actora desinterés en la producción de dicha prueba, se estará a su resultado y a la previsión que contiene dicha norma.-
En función de lo expuesto y lo dispuesto por el art. 478 inc.2del C.P.C.-
RESUELVO: Atento los términos de la impugnación del codemandado Franco, fijar audiencia para el sorteo de perito contador para el día 27 de setiembre de 2005, a las 10,00 hs de conformidad al art.478 inc.2 del C.P.C..-
Notifiquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas .-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro