Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30001III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-16

Carátula: BANCO NACION ARG. c/GALLARDO Víctor H. y O. S/ Ejecución Hipotecaria

Descripción: SUBASTA Inmuebles

//neral Roca, 16 de SETIEMBRE de 2005._ Por presentado, parte y con domicilio.

Agréguese el poder adjuntado.

Atento las constancias de los autos y en mérito a lo solicitado, procédase a la venta en pública subasta de los bienes en -BLOCK, en forma conjunta y unificadas-, Nomenclatura catastral: 05-1-N-004-8, 05-1-N-004-9 y 04-1-N-004-03-B Matrícula 04-5797, 04-5798 y 04-5790 con la base de: $ 321.000.-, por intermedio del martillero Ricardo Ernesto Astudillo.-

El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su desig- nación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 30% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del CPC; debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa. Publíquense edictos por CINCO días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro (arts. 563, 564, 566, 575 y 576 del CPC).-

Líbrese mandamiento de constatación.-

Sellados, impuestos y Gastos de Transferencia: Todos los impuestos nacionales y provinciales que se originen por compraventa judicial sean éstos por la transferencia de dominio, el sellado del boleto y los gastos de escrituración, serán a cargo en forma exclusiva de quien resulte comprador.-

Deudas por impuestos, tasas y servicios: Sólo serán a cargo del comprador las deudas que se originen con posterioridad a la entrega de posesión del inmueble.-

Recéptase las condiciones de financiación y de ofertas bajo sobre enunciadas a fs. 186 vta. y 187, puntos H) 1-8, las que deberán constar en los edictos.-

De conformidad con lo previsto en el art. 585 del CPC y para el supuesto caso de fracasar el primer remate con la base propuesta, se realizará un segundo remate una hora más tarde que el primero, en el mismo lugar, con la base reducida a la suma de $ 240.750.-, manteniéndose todas las demás condiciones ut supra indicadas.-

Autorízase a realizar 2 publicidades adicionales de la subasta que se ordena, en los términos del art. 567 del CPC.

Cítese a los Sres. Jueces embargantes a cuyo fin ofíciese al Juzgado Federal.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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