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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35009
Fecha: 2008-07-01
Carátula: BANCO DE LA PAMPA S.E.M. c/LOPEZ VASALLO Mario S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan leva.medidas cautelares.-
//neral Roca, 01 de JULIO de 2008.-
Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-
Atento el estado de autos, procédase al levantamiento de las medidas cautelares trabadas y anotadas en autos (embargo del automotor, inhibiciones y sueldos) a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a los Registro de la Propiedad Automotor, Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente como así también a la empleadora.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro