Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0262/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-30

Carátula: NICOLINI MIRTA MARIA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: POR DEVUELTO DE CAMARA - EMBARGO

EXPTE. Nº 0262/2006

CARATULA: NICOLINI MIRTA MARIA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, junio de 2008.-

Por devueltos.-

Resérvese nuevamente la documental original en Secretaría bajo registro N-5 y 6/06.-

Agréguese la media carátula a sus antecedentes:

Proveyendo a fs. 353:

Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo decretado en el Expte. Nº 0754/2006 que tramita ante este Juzgado, sobre sumas de dinero que la sra. Mirta María Nicolini tenga a percibir hasta cubrir la suma de $ 490 en concepto de capital incluído honorarios, con más la suma de $ 100 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. Comuníquese, a cuyo fin ofíciese. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-

jc

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro