include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0318/2008
Fecha: 2008-06-27
Carátula: OBAID MARIEL ELIZABETH S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO
Viedma, junio de 2.008.-
Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "OBAID MARIEL ELIZABETH S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 0318/2008; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 y fs. 5 comparece la sra. Mariel Elizabeth Obaid, por intermedio de apoderado, solicitando se le otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que la misma debe tramitar los autos caratulados: "Obaid Mariel Elizabeth c/ Provincia de Río Negro s/ Ordinario" (Expte. n° 87/2008) y no posee recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofrece prueba, funda en derecho y concreta su petitorio.-
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-
Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 18 surge que la peticionante no posee bienes a su nombre.-
Que en las declaraciones obrantes a fs. 20/21 y a fs. 31 los testigos son contestes en afirmar que la peticionante es persona de escasos recursos económicos.-
Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación de los autos caratulados: "Obaid Mariel Elizabeth c/ Provincia de Río Negro s/ Ordinario" (Expte. n° 87/2008).-
Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,
RESUELVO:
I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejore de fortuna a la sra. Mariel Elizabeth Obaid, para la tramitación de los autos caratulados: "Obaid Mariel Elizabeth c/ Provincia de Río Negro s/ Ordinario" (Expte. n° 87/2008).-
II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro