Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1334/97/5

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-27

Carátula: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: SUBASTA INMUEBLE

EXPTE. N°: 1334/97/5.-

CARATULA: "KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, junio de 2.008.-

Agréguense los informes acompañados.-

Atento lo peticionado, procédase a la subasta judicial de los siguientes bienes inmuebles componentes del acervo hereditario:

1) 100% de la parcela 13A; mazana 531 (anterior designación Lote 13-b, manzana 17 Sec. E), inscripto al Tomo 781 Folio 10, Finca 116.109, Matrícula 18-4642, Nomenclatura catastral 18-1-a-531 13A, con la base de $ 29.670,45.-

2) 100% de la Parcela 4, manzana 457, inscripto al Tomo 782, Folio 233 Finca 129.093, Matrícula 18-3701, Nomenclatura catastral 18-1-A-457-04, con la base de $ 23.600,75.-

3) 2/9 avas partes indivisas de 21 parcelas rurales (según plano de mensura 271/64 protocolizado al T° 71, F° 48, año 1965), inscripto al Tomo 178, Folio 195, Finca 7071, que deberán rematarse en conjunto atento la características del bien y la existencia de la mensura aprobada con la base de $ 209.890,22.-

Por intermedio del martillero sr. Febo Darío Capponi que en este acto se designa, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria, dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción. El mismo deberá informar detalladamente al Juzgado sobre las condiciones físicas y de ocupación de los inmuebles y proponer con suficiente anticipación la fecha y lugar de realización de la subasta para su aprobación si correspondiere. Póngaselo en posesión de los bienes librándose el respectivo mandamiento, el que será diligenciado por el martillero en su carácter de Oficial de Justicia "ad-hoc". Oportunamente procederá a llevar a cabo su cometido en la forma de práctica, conforme las siguientes condiciones de venta: 10 % del precio al momento de la subasta, y el saldo restante dentro de los 5 días de aprobada la misma. Comisión del martillero (3 %) a cargo del comprador (art. 27 inc. a Ley 2.051). Venta sujeta a aprobación judicial. Asimismo exigirá a quien o quienes resulten compradores, la constitución del domicilio procesal en el radio del Juzgado conforme el art. 40 del C.Pr, bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código citado. En caso de adquisición por comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el art. 571 del C.Pr. bajo el apercibimiento establecido en el mismo. El martillero depositará las sumas percibidas y rendirá cuentas dentro de los 3 días de realizado el remate, bajo apercibimiento. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por 2 días en el diario "Río Negro" haciéndose constar que todas las deudas del inmueble serán a cargo del comprador a partir de quedar firme la aprobación de la subasta judicial (arts. 563, 564, 565, 566, 572, y ssgtes. y art. 578 del C.P.C.C.).-

4) Asimismo deberá procederse a subastar el automotor identificado como Camioneta Ford F 100, Dominio R 070986, motor n° JPA 116747X y el sillón que se encuentra en el inmueble sito en Bernal 709), sin base, al contado y al mejor postor. Comisión del martillero con relación al automotor: 3 % a cargo de cada parte y con relación al mueble referenciado 10 % a cargo del comprador (art. 27 inc. d) y c) Ley 2.051). Deudas del automotor: a cargo del comprador desde la toma de posesión. Venta sujeta a aprobación judicial.-

El martillero deberá exigir a quien o quienes resulten compradores, en el acto de suscribir el respectivo Boleto de Compra-Venta, la constitución de domicilio en el lugar de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente en la forma y oportunidad prevista por el art. 133 del Código Procesal Civil y Comercial. En caso de adquisición por comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo en el mismo acto constituir domicilio conforme lo dispuesto por el art. 571 del C.Pr., bajo apercibimiento de lo establecido en el mismo. -

Previo, cítese al acreedor hipotecario de los bienes inmuebles identificados en los incs. 1) y 2) de la presente para que dentro del tercer día presenten sus títulos (art. 575 del C.Pr.).-

A los fines de un mejor ordenamiento procesal fórmese tercer cuerpo a partir de fs. 402.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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