Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0081/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-27

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ PROST OSCAR GUILLERMO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO SUELDO

EXPTE. Nº 0081/2005

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ PROST OSCAR GUILLERMO S/ EJECUTIVO

Viedma, junio de 2.008.-

Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado OSCAR GUILLERMO PROST en las proporciones de ley, como empleado de la Municipalidad de Viedma, hasta cubrir la suma de $ 150 en concepto de honorarios. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro