Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29856IV

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-27

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/MARTIN Guillermo A. S/ Ejecución Prendaria

Descripción: se ordena reiscrp.inhibicion.A cheque.-

//neral Roca, 27 de JUNIO de 2008.-

Proveyendo el escrito de fs.253, punto I, en atención a lo peticionado, procédase a la reinscripción de la inhibición general de bienes decretada y anotada en autos contra el accionado, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a los respectivos Registros de la Propiedad Inmueble y del Automotor.-

Al punto II, habiendose presentado el demandado a fs.66, a lo solicitado no ha lugar y cúmplase con el traslado ordenado a fs. 249 primer párrafo.-

Proveyendo el escrito de fs.255, al punto I, agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Al punto II, líbrese cheque a la orden del Dr. ADRIAN GUSTAVO SAGGINA por la suma de $ 6.506,32 en concepto de: a cuenta de la conversión fijada a fs. 147.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

El /06/08 se libró cheque No CONSTE.-

El / 0 /08 el Dr.SAGGINA retira cheque.CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro