Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0009/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-25

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ SOLIS JOSE MAURICIO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0009/2007.-

CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ SOLIS JOSE MAURICIO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, junio de 2.008.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, SOLIS JOSE MAURICIO como empleado de El Maipuense S.A. hasta cubrir la suma de $ 988,50 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, descontado que fuera el pago denunciado, con más la suma de $ 200 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Asimismo modíficase la forma de pago dispuesta a fs. 21 y comunicada por oficio n° 1849/07, haciendo saber al Banco Patagonia S.A. que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 141,75 por honorarios y $ 846,75 por capital. Ofíciese.-

Sin perjuicio de ello manifiéstese con relación al embargo decretado a fs. 21.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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