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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33308IV
Fecha: 2008-06-25
Carátula: CREDIL S.R.L. c/PALMARES María Rosa S/ Ejecutivo
Descripción: a cheque.-
//neral Roca, 25 de JUNIO de 2008.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el otrosi digo por el Apoderado de Caja Forense.-
Líbrese cheque a la orden de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 77,26 en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs.163.-
Regulo los honorarios, por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 300 -MB: $ 5.150,28 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtrenido a través de aquélla (arts.6,6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Por honorarios por complemenarios, se regulan la suma de $ 545 MB:$ 4333,06 (intereses sobre capital).
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA:En la fecha se libro cheque No CONSTE.-
El /06/08 la Dra. SAITTA retira cheque.-CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro