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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0769/2007
Fecha: 2008-06-23
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ YAPILEO ROSA ISABEL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0769/2007.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ YAPILEO ROSA ISABEL Y OTRO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, junio de 2.008.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, YAPILEO ROSA ISABEL y HUGO GABRIEL ORTIZ como empleados del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 1.624,36 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, descontados que fueran los pagos denunciados, con más la suma de $ 360 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 125 por honorarios y $ 1.499,36 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro