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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0420/2007
Fecha: 2008-06-20
Carátula: CORTESSI RAFAEL DARIO Y OTRA C/ POLIGLIEDDU MARIO UMBERTO Y OTRA S/ CONSIGNACION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: GRACIELA SETEVICHMARIO, UMBERTO POLIGLIEDDU y Dr. Gabriel Bottari
Domicilio: 9 de Mayo 463 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CORTESSI RAFAEL DARIO Y OTRA C/ POLIGLIEDDU MARIO UMBERTO Y OTRA S/ CONSIGNACION ", Expte. Nº 0420/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, junio de 2.008.- Atento lo peticionado, intímase al Dr. Gabriel Bottari y a los obligados al pago a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de junio de 2008.-
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Poder Judicial de Río Negro