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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38254
Fecha: 2008-06-20
Carátula: FERNANDEZ Julio Cesar S/ Amparo (Obra Soc.Mutual Federada)
Descripción: se eleva a Superior Tribunal de Justicia.-
//neral Roca, 20 de JUNIO de 2008.-
Proveyendo el escrito de fs.229, al punto I, téngase presente la ratificación efectuada.-
Al punto II, téngase presente el domicilio procesal constituido en la ciudad de Viedma.-
Proveyendo el escrito de fs.230, elévense las presentes actuaciones a la Excma Cámara de Apelaciones para su posterior remisión al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro con atenta nota de estilo conforme lo dispesto por la Ley 3891.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De elevarse en la fecha los autos caratulados: FERNANDEZ JULIO CESAR S/AMPARO (OBRA SOCIAL MUTUAL FEDERADA) Expte.No 38.254-JC III-Año 2008 en virtud a los recursos concedidos a fs. 210 ( en relación y arancelario) contra la resolución dictada a fs.206/208 y honorarios regulados en la misma. A fs.214/222 obra memorial del recurrente de fs.209 y a fs. 224 contesta el traslado conferido a fs. 223 último párrafo por el amparista, constando de 231 fojas útiles incluyendo la presente y sirviendo esta de muy atenta nota de elevación.-
SECRETARIA, 20 DE JUNIO DE 2008.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro