Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37105

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-15

Carátula: FRARE Hugo y otros c/ALBA COMP. ARG. de Seguros S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: inicio

General Roca, 15 de septiembre de 2.005.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que por ante esta Secretaría a mi cargo, tramitan los autos caratulados: "BERTINO ELVIRA MARGARITA C/ALBA CÑIA ARG. DE SEGUROS S.A. S/ORDINARIO" (35186-III-04), en los cuales a fs. 237 se encuentran regulado los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Frare en la suma de $ 1.134 y los de Ricardo Apcarian en $ 1.134.-

Los mismos se encuentran debidamente notificados y firmes.-

El domicilio de la demandada es Avda. Carlos H. Rodriguez 402 de la ciudad de Neuquen, constituyendo domicilio procesal en 9 de Julio 909 -1* piso- oficina 2, con sus letrados Dres. Pedro Luis Quarta y Sandro F. Ochoa.-

Secretaria, 15 de septiembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 15 de septiembre de 2.005.-

Atento la certificación que antecede, líbrese mandamiento de embargo, en los términos de la ley 22172 a Neuquen Capital -con citación de venta, por el término de cinco días- y por las sumas de $ 1.868, en concepto de capital, con más la suma de $ 800, que se calculan para costas.-

Trábese embargo sobre el bien denunciado y por las sumas detalladas precedentemente, a cuyo fin líbrese oficio a la entidades bancarias, haciéndole saber que deberán depositar y/o transferir dichas sumas a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris S.A., Sucursal General Roca.-

Hágase saber que de ser cuenta sueldo deberá abstenerse de efectivizar la medida.-

Déjense las debidas constancias en los autos principales.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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