Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34336III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-15

Carátula: CUEVAS Antenor c/VILLANUEVA Rolando S/ Sumario

Descripción: Acta//Prueba

Autos: "CUEVAS Antenor c/VILLANUEVA Rolando S/ Sumario" (Expte. Nro. 34336III)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los trece dias del mes de setiembre de 2005, siendo las 9.10 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, ANTENOR CUEVAS con el patrocinio de la Dra. Susana M. Uriz. Abierto el acto, se deja constancia de la incomparecencia del demandado y no habiendo posibilidades de conciliación se abre el juicio a prueba por el término de treinta dias quedando notificados en este acto. La parte actora agrega por escrito la prueba de la que intenta valerse. En este estado pide la palabra la Dra. Uriz que en la informativa, puntos 2 y 3), se agregue que los emitentes especifiquen además el valor del metro cuadrado a la fecha. No siendo para más se da por terminado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 15 de SETIEMBRE de 2005.-

Proveyendo la prueba ofrecida por la actora, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.-

A LA INSTRUMENTAL: Téngase presente y estése al expte. ya agregado por cuerda.-

A LA CONFESIONAL: Para la confesional del demandado fíjase la audiencia del 15 de FEBRERO de 2006 a las 8 horas bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.-

A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de BERNARDO ARANEDA, DINO SGALIPPA , fíjase la audiencia del 15 de FEBRERO de 2006 a las 8 horas bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la del 1 de MARZO de 2006 a las 9 horas que se fija como supletoria.-

Para la declaración de NESTOR FABIAN GONZALEZ, JUAN DE DIOS ESPINOSA y AMADEO PAGLIACCIO, fíjase la audiencia del 21 de FEBRERO de 2006 a las 8 horas bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la del 1 de MARZO de 2006 a las 9 horas que se fija como supletoria. -

Notifíquense las audiencias testimoniales con transcripción del art. 431 del CPC a cuyo efecto líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de Mainqué.-

A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Correo Oficial, Colegio de Arquitectos y Estudio de Arquitectura Martinez Hnos. a fin de que informen sobre lo requerido (fs. 49 vta. y 51) en el término de diez días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC.-

A LA PERICIAL EN CONSTRUCCIÓN: Desígnase perito a PEDRO LUCAS FILIPPI, con domicilio en Mitre 944, piso 1, de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en los diez días de aceptado del cargo todo ello bajo apercibimiento de remoción. Not.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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