include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0034/2004
Fecha: 2008-06-18
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ MARTINEZ RUBEN DARIO S/ APREMIO
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. No 0034/2004
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ MARTINEZ RUBEN DARIO S/ APREMIO.-
Viedma, junio de 2.008.-
Atento el tiempo transcurrido desde la toma de razón del embargo decretado a fs. 19 según surge de fs. 24, a la reinscripción del mismo no ha lugar.-
En consecuencia, trábese embargo sobre el automotor dominio XCY-317 hasta cubrir las sumas de $ 2.479,38 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.500 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado RUBEN DARIO MARTINEZ. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de esta ciudad, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-
A lo demás, estése a la etapa procesal oportuna.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro