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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1518/01/6
Fecha: 2008-06-18
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ INOSTROSA ELVA S/ EJECUTIVO
Descripción: CREDIL APRUEB.LIQUID.HONOR.SCOCCIA - EMBARGO Y OF
EXPTE. Nº: 1518/01/6.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ INOSTROSA ELVA S/ EJECUTIVO".-
Viedma, junio de 2008.-
I.- Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 46 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 1.676,10 de la que corresponde $ 1.381,83 en concepto de intereses de capital y $ 294,27 por intereses de honorarios de la Dra. Scoccia, 5 % por caja Forense y 21 % por el I.V.A., adecuada que fue conforme los parámetros de sentencia y calculada al 31/05/2008.-
II.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger (DNI N° 23.245.963) y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 1.381,83 por capital y la de $ 294,27 por intereses de honorarios, aporte a la Caja Forense e IVA de la Dra. Scoccia, debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del C. Pr. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
s.b.s.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro