include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35770
Fecha: 2008-06-18
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/ALONSO Agustín S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion x acrecidos.-
//neral Roca, 18 de JUNIO de 2008.-
Téngase presente el dictamen del Apoderado de Caja Forense.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios profesionales del Dr. RODOLFO GUILLERMO VESCIGLIO en la suma de $ 200.-.MB: $ 3640 ($ 3200 capital reclamado y fs. 440 honorarios regulados al Dr. Rodolfo G.Vesciglio a fs. 13).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts, 6, 6 bis,7, 40 Ley 2212 RN).-
Notifiquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro