include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1640/00/6
Fecha: 2008-06-17
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MARTINEZ JULIO CESAR S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 1640/00/6
CARATULA:CREDIL S.R.L. C/ MARTINEZ JULIO CESAR S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2008.-
Tiénese presente la denuncia efectuada.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe JULIO CESAR MARTINEZ como empleado de la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VIEDMA hasta cubrir la suma de $ 1.133,49 en concepto de saldo de liquidación aprobada en autos, con más la suma de $ 1.762 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro