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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0485/2004
Fecha: 2005-09-14
Carátula: GRANADA MARIA C/ BARRERA MERCEDES LETICIA S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA
EXPTE. Nº : 0485/2004.-
CARATULA: "GRANADA MARIA C/ BARRERA MERCEDES LETICIA S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, septiembre de 2005.-
Conforme lo peticionado y surgiendo de las constancias de autos que las retenciones en concepto de embargo efectuadas a la demandada Mercedes Leticia Barrera han sido depositadas en la cuenta judicial nº 10068279 que no pertenece a las presentes actuaciones, intímase al Departamento Sueldos de la Secretaría General de la Gobernación para que en el término de cinco (5) días proceda a dar estricto cumplimiento con la medida cautelar dispuesta mediante oficio nº 1828/04, bajo apercibimiento de ley.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro