Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37819

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-11

Carátula: BAEZA Carmen c/HOSPITAL Francisco López Lima y Otros S/ Ordinario

Descripción: Actas Audiencia //A despacho//céd. ag.

Autos: "BAEZA Carmen c/HOSPITAL Francisco López Lima y Otros S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37819)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los 11 días del mes de junio de 2008, siendo las 8.50 horas, comparecen ante SS, el Sr. ENRIQUE JOSE NOCCIOLI con el patrocinio del Dr. Miguel Parra Segura, y el Dr. Roberto Juan Vázquez como apoderado de la PROVINCIA DE RIO NEGRO. Abierto el acto y constando a fs. 206 que la pericia presentada por el perito médico designado recién se sustancia el día 10 de junio corriendo el plazo para su merituación a partir del día de la fecha, los profesionales de común acuerdo solicitan que sin perjuicio de tomar las testimoniales en el día de la fecha se les conceda un plazo de impugnación puesto que la pericia es la prueba fundamental de este pleito, lo que se tiene presente receptándose la petición y entregando copia en este acto, se concede el plazo de impugnación a partir del día de la fecha siendo el único medio probatorio que podrá sustanciarse con posterioridad a esta audiencia y dejando salvo alguna testimonial que en forma complementaria y excepcionalmente podría llegar a merituarse. En este acto el dr. Vasquez pide la palabra y manifiesta que atento el estado de salud de la sra. Baeza desiste en este acto de su confesional. Acto seguido, se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos y quienes declaran bajo juramento de ley los Sres. BLAS GASTON VITTORE, DNI 25.469.024, argentino, soltero, médico, domiciliado en Chaco 1237 de esta ciudad; PABLO RICARDO BLASON, CI FEDERAL 21.393.935, argentina, separado, domiciliado en Rivadavia 2429 de esta ciudad, médico, se le exhibe la historia clínica de fs. 119/124 y reconoce la pieza obrante a fs. 125; DANIEL EDUARDO PISON, DNI 16.759.526, argentino, casado, médico, domiciliado en Mitre 1084 de esta ciudad, se le exhibe la historia clínica y reconoce la de fs. 130 y fs. 131; VICTOR JOSE DAVID LIPOVETZKY, DNI 10.058.196, argentino, casado, médico, domiciliado en Chacabuco 894 de esta ciudad, de la historia clinica que se le exhibe reconoce la de fs. 120, 127, 128, 131, 131 vta., lo de 131 vta. es lo primero que escribe y sigue en fs. 131 y en la de fs. 127, aparentemente; ESTHER OLGA GARMENDIA, indocumentada en este acto manifiesta que posee DNI 3.941.830, otorgándosele un plazo de 48 horas para la presentación de su documento de identidad, argentina, soltera, jubilada, domiciliada en Chacabuco 1920 de esta ciudad; ANITA NELIDA WHEELER, LC 6.487.245, argentina, casado, ama de casa, domiciliada en Urquiza 1643 de esta ciudad. Se deja constancia que la parte actora desiste de las testimoniales de LEONOR JASMIN ABRAHAM, CARLOS A. FIGUEROA, y Dr. OMAR GOROSITO; por su parte el dr. Vazquez solicita que atento la aparticipación que han tenido en el hecho el dr. PABLO GABETTA y la enfermera MONICA QUESADA solicita que se fije audiencia complemetnaria contemplando a su vez que se ha ampliado el plazo de prueba con motivo de poder ejercer la facultad de merituar la prueba pericial médica y tener la posibilidad de impugnarla en caso de considerarlo pertinente. A lo que se provee: En razón de que en el día de la fecha no puede clausurarse el periodo probatorio a raíz de la sustanciación de la prueba pericial médica, pasen los presentes a Secretaría para fijar audiencia complemetaria. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Se agregaron cédulas a dr. Ambroggio y Blas Vittore, ambas diligenciadas el 05.06.08. Conste.-

Autos: "BAEZA Carmen c/HOSPITAL Francisco López Lima y Otros S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37819)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los once días del mes de junio de 2008, siendo las 10.30 horas, comparece ante ante mí Secretaria Autorizante, la Sra. ESTHER OLGA GARMENDIA, quien se presenta a exhibir su documento de identidad LC 3.941.830. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro