Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0363/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-10

Carátula: BARRENA POURRUCH MARIA ESTHER Y ARRUABARRENA NICOLAS SANTOS S/ SUCESION

Descripción: ESTABLECE HONORARIOS

EXPTE. Nº : 0363/2008.-

CARATULA: "BARRENA POURRUCH MARIA ESTHER Y ARRUABARRENA NICOLAS SANTOS S/ SUCESION".-

VIEDMA, junio de 2008.-

Agréguese la cédula recibida de fs. 179.-

Agréguese el convenio acompañado y atento lo peticionado, homológase el mismo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales de los Dres. Fernando A. Casadei, Juan A. Kissner y Augusto Gerardo Collado, en forma conjunta, en la suma de $ 4.000 por los trabajos realizados y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Sin perjuicio de ello, cúmplase con el aporte al Colegio de Abogados dispuesto a fs. 127 y la reposición requerida por la Dirección General de Rentas a fs. 174.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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