include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35747
Fecha: 2008-06-10
Carátula: FISCALIA de Estado RN C/OLMEDO Optaciana S/ Ejecutivo
Descripción: Mandam. Embargo-proveido
mandamientod e embargo a Regina
//neral Roca, 10 de JUNIO de 2008.=
Líbrese oficios a las entidades correspondientes a fin de que traben embargo sobre las cuentas corrientes, caja de ahorro, plazos fijos, cuentas reprogramadas, etc a nombre de la demandada -en caso de haberes deberá abstenerse-, hasta cubrir las sumas de 2.973,01.- en concepto de capital con más la de $ 1.200.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Líbrese oficio al ANSES a fin de que informen sobre lo requerido y en caso afirmativo trabe embargo por las sumas ordenadas precedentemente, en las mismas condiciones, y en el porcentaje que por ley corresponda.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro