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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0792/2007
Fecha: 2008-06-06
Carátula: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: devuelve expediente- - debe traer cert. nac.
EXPTE. N° 0792/2007
CARATULA: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO
Viedma, junio de 2008.-
Por recibidas las actuaciones principales, agréguese la media carátula a sus antecedentes.-
Al escrito de fs. 189:
Atento lo peticionado y razones invocadas, devuélvase la historia clínica que fuera reservada en Secretaría, haciéndosele saber que toda vez que resulta necesario contar con el original de la misma, en su oportunidad deberá proceder a su reincorporación a estos autos.-
En consecuencia, devuélvase las copias de la historia clínica y sellado acompañados por no resultar necesarios.-
Proveyendo a fs. 191/192:
Tiénese presente lo dictaminado por la sra. Asesora de Menores y previo a resolver deberá acompañarse el certificado de nacimiento del menor.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro