Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36623

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-14

Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/KENIG Rosana C. S/ Ejecutivo

Descripción: Informe//Providencia

Sra. Juez:

Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia SA, sucursal local, se informó directamente a Secretaría que el saldo de la cuenta perteneciente a los autos CREDITO CONFIANZA S.A. c/KENIG Rosana C. S/ Ejecutivo (Expte. Nro. 36623), Nro. 122004942 registra un saldo de $ 0,00 al día 12.09.05.-

Secretaría, 14 de septiembre de 2005.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

//neral Roca, 14 de SETIEMBRE de 2005.-

Atento lo solicitado, la constancia de fs. 26 y el informe que antecede, líbrese oficio a la empleadora (CONSEJO DE EDUCACION DE RIO NEGRO) a fin de que proceda a dar cumplimiento con el embargo de los sueldos de la demandada ordenado por oficio N* 2732/04 del 04/NOV/04. Dicho oficio deberá ser contestado directamente a Secretaría en el plazo de CINCO días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC, el que se transcribirá.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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