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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36623
Fecha: 2005-09-14
Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/KENIG Rosana C. S/ Ejecutivo
Descripción: Informe//Providencia
Sra. Juez:
Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia SA, sucursal local, se informó directamente a Secretaría que el saldo de la cuenta perteneciente a los autos CREDITO CONFIANZA S.A. c/KENIG Rosana C. S/ Ejecutivo (Expte. Nro. 36623), Nro. 122004942 registra un saldo de $ 0,00 al día 12.09.05.-
Secretaría, 14 de septiembre de 2005.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 14 de SETIEMBRE de 2005.-
Atento lo solicitado, la constancia de fs. 26 y el informe que antecede, líbrese oficio a la empleadora (CONSEJO DE EDUCACION DE RIO NEGRO) a fin de que proceda a dar cumplimiento con el embargo de los sueldos de la demandada ordenado por oficio N* 2732/04 del 04/NOV/04. Dicho oficio deberá ser contestado directamente a Secretaría en el plazo de CINCO días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC, el que se transcribirá.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro