Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0401/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-05

Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ OLIVERA JUAN CARLOS Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0401/2007

CARATULA:PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ OLIVERA JUAN CARLOS Y OTRO S/ EJECUTIVO

Viedma, junio de 2008.-

Levántase la medida cautelar dispuesta a fs. 8. Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que perciben JUAN CARLOS OLIVERA y RODOLFO LLANQUELEO como empleados de la firma TRAMAR S.A. de Sierra Grande, hasta cubrir la suma de $ 1.732 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 296 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la firma mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar el oficio ordenado.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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