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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0665/2006
Fecha: 2008-06-05
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ BURGOS LUIS RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUID.-EMBARGO-OF. BCO.
EXPTE. Nº : 0665/2006.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ BURGOS LUIS RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, junio de 2008.-
No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme parámetros de sentencia al 31-03-08 asciende a la suma de $ 787,95 en concepto de intereses de honorarios y aporte de la Dra. Scoccia ($ 51) y en concepto de intereses de honorarios, aporte e intereses de capital para el Dr. Mildenberger ($ 736,95), excluído que fue el rubro ¨gastos inicio de juicio¨ por no corresponder.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que perciben los demandados, Luis Raúl Burgos y Héctor Ceferino Pérez como empleados de VIARSE, hasta cubrir la suma de $ 132,59 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 127 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger, a su sola presentación, los fondos que ingresen en autos hasta la suma de $ 787,95, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro