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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0679/2006
Fecha: 2008-06-04
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GOMEZ BRUNO ANDRES S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACIÓN-TRABA EMBARGO-OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0679/2006.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ GOMEZ BRUNO ANDRES S/ EJECUTIVO.-
Viedma, junio de 2008.-
1.- Agréguese el saldo bancario acompañado.-
2.- No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 12-05-08 asciende a la suma de $ 498,01 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 34/35.-
3.- Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. Bruno Andres Gómez como empleado de la Policía de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 174,30 en concepto saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 150 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
4.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 498,01 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro