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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0434/2004
Fecha: 2008-06-04
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ BALZI ALICIA ESTER S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0434/2004
CARATULA:CREDIL S.R.L. C/ BALZI ALICIA ESTER S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2008.-
Agréguese. Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada como empleada de Obras Públicas de la Pcia. de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 258,66 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 184 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro