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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33667III
Fecha: 2008-06-04
Carátula: HERRERA Marina S/ Sucesión
Descripción: se ordena oficio al RPI.-
//neral Roca, 04 de JUNIO de 2008.-
Téngase presente lo manifestado.-
Téngase presente lo manifestado y líbrese oficio ampliatorio al Registro de la Propiedad Inmueble incorporándose en el cuerpo del mismo los herederos del Sr. PEDRO HERRERA y la modificación en quebrados sobre la porción que a cada uno le corresponde, siendo la correcta 1/2 a Baldomero Herrera, 1/4 a los herederos de Pedro Herrera (Claudia Marina, Pedro y Julio Atilio todos de apellido Herrera) y 1/4 a los herederos de Julio Argentino Herrera (Javier Rufino Claudio y Julio Victor Manuel todos de apellido Herrera) conforme constancias de fs.70 y 142.-
Facúltase al Dr. Daniel Ernesto Cuomo al diligenciamiento del oficio ordenado como así también a suscribir las minutas correspondientes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro