Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0280/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-03

Carátula: PEREZ ARAMBURU MARCO JAVIER C/ MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: RECIBIDO EXPTE - PROVIDENCIA

EXPTE. Nº 0280/2008

CARATULA:PEREZ ARAMBURU MARCO J. C/ MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, junio de 2008.-

Por recibido el expediente principal, agréguese la media carátula formada.-

Al escrito de fs. 37:

Tiénese presente la aclaración del nombre del actor, en consecuencia, recaratúlense las actuaciones.-

Proveyendo a fs. 40.

Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas. Hágase saber que deberá abonar el impuesto de sellos determinado con respecto al boleto de compra-venta, como asimismo determinar la cuantía total del reclamo para proceder al pago de los sellados de ley.-

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Poder Judicial de Río Negro