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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0280/2008
Fecha: 2008-06-03
Carátula: PEREZ ARAMBURU MARCO JAVIER C/ MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: RECIBIDO EXPTE - PROVIDENCIA
EXPTE. Nº 0280/2008
CARATULA:PEREZ ARAMBURU MARCO J. C/ MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, junio de 2008.-
Por recibido el expediente principal, agréguese la media carátula formada.-
Al escrito de fs. 37:
Tiénese presente la aclaración del nombre del actor, en consecuencia, recaratúlense las actuaciones.-
Proveyendo a fs. 40.
Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas. Hágase saber que deberá abonar el impuesto de sellos determinado con respecto al boleto de compra-venta, como asimismo determinar la cuantía total del reclamo para proceder al pago de los sellados de ley.-
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Poder Judicial de Río Negro