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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0830/96/5
Fecha: 2005-09-13
Carátula: NATUCCI SANDRA LILIANA C/ ROTEÑO ERNESTO OMAR S/ ALIMENTOS
Descripción: EMBARGO EN JUICIO DE OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 0830/96/5
CARATULA: NATUCCI SANDRA LILIANA C/ ROTEÑO ERNESTO OMAR S/ ALIMENTOS
Viedma, septiembre de 2005.-
Por contestado el traslado conferido.-
Atento la oposición formulada a la propuesta efectuada por el alimentante a fs. 66, lo solicitado y constancias de autos, trábese embargo sobre los créditos que le correspondieren al sr. Ernesto Omar Roteño en los autos sucesorios correspondientes a: "Abraham Roteño y Ovidio Roteño u Omar Obidio Roteño", que tramitan por ante Juzgado Civil y Comercial n° 7, Secretaría n° 6 del Departamente Judicial de Bahía Blanca, hasta cubrir la suma de $ 6.301,41 en concepto de cuotas alimentarias adeudadas, con más la suma de $ 630 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio.-
A tal fin, líbrese oficio ley 22.172 al Juzgado mencionado precedentemente, haciéndole saber que en su caso la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A. (Sucursal Viedma). Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
jc
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro