Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0347/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-13

Carátula: MARTORELL NORA EDITH C/ MOREL PEDRO MARIO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR

Descripción: CLAUSURA-LLAMA AUTOS

EXPTE. Nº 0347/2004.-

CARATULA: MARTORELL NORA EDITH C/ MOREL PEDRO MARIO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR.-

Viedma, septiembre de 2005.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

e.z.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

Documental: Tiénese presente.-

Instrumental: El Expte. n° 285/03, caratulado: "REPSOL YPF GAS S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR, agregado por cuerda a los presentes autos.-

Confesional: Del sr. Pedro Mario Morel a fs. 69.-

PARTE DEMANDADA:

Instrumental: El Expte. n° 285/03, caratulado: "REPSOL YPF GAS S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR, agregado por cuerda a los presentes autos.-

Confesional: De la sra. Nora Edith Martorell a fs. 78.-

SECRETARIA, septiembre de 2005.-

e.z

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, septiembre de 2005.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y llamase autos para sentencia.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro