Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0316/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2008-06-02

Carátula: IANNICELLI ENZO C/ ROMERO MONICA BEATRIZ Y OTRO S/ EJECUTIVO S/ INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO

Descripción: REG.HONOR. (3 JUS)

EXPTE. Nº 0316/2004

CARATULA: IANNICELLI ENZO C/ ROMERO MONICA BEATRIZ Y OTRO S/ EJECUTIVO S/ INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO

Viedma, junio de 2.008.-

Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Omar Cirilo Dantagnan, en la suma de $ 150 (3 Jus) -art. 8 L.A.-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

s.b.s.

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Poder Judicial de Río Negro