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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0352/2008
Fecha: 2008-06-02
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CAÑUMIL MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0352/2008
CARATULA:CREDIL S.R.L. C/ CAÑUMIL MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2008.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe MIGUEL ANGEL CAÑUMIL como empleado del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 519 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 74 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro