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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1402/98/5
Fecha: 2008-06-02
Carátula: BARRERA CARMEN C/ CARRIQUEO BERNARDINO MARCELINO S/ ALIMENTOS
Descripción: depositar banco y comunicar a Alcalis
EXPTE. Nº 1402/98/5
CARATULA: BARRERA CARMEN C/ CARRIQUEO BERNARDINO MARCELINO S/ ALIMENTOS
Viedma, junio de 2008.-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, líbrese nuevo oficio a Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. haciéndole saber que la cuota alimentaria que se le descuenta al sr. Carriqueo y las sumas anteriormente retenidas según el informe remitido en fecha 20/03/08, deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. -sucursal San Antonio Oeste- en la caja de ahorro n° 122.343.874 perteneciente a la sra. Carmen Barrera.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro