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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0366/2008
Fecha: 2008-05-29
Carátula: ZAPATA AZZARITO SILVIA GLADYS S/ AMPARO
Descripción: amparo inicio
EXPTE. N° 0366/2008
CARATULA: ZAPATA AZZARITO SILVIA GLADYS S/ AMPARO
Viedma, mayo de 2008.-
Por presentada, parte y domiciliada.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Por promovida acción de amparo por parte de la sra. Silvia Gladys Zapata Azzarito en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.-
Atento lo manifestado y estado de autos líbrese oficio al I.Pro.S.S. a fin de que informe en el término de 72 horas y bajo apercibimiento de desobediencia judicial:
a) Si la sra. Silvia Gladis Zapata Azzarito (D.N.I. N° 14.463.060) es afiliada a dicha obra social.-
b) Si ha requerido reitengros por materiales descartables derivados de una intervención quirurgica (matectomía) cuya primera etapa fue la colación del expansor, ello a consecuencia de un carcinoma ductal expansivo, como asi también si ha solicitado reintegros derivados de los viajes por traslados a Viedma a los fines de la realización del tratamiento de quimioterapia, fecha en que fueron presentados los reintegros y en su caso si los mismos fueron abonados.-
c) En caso de negativa, explique las razones que la motivan.-
Ofíciese, debiendo ser diligenciados por el oficial de justicia, habilitándose a tal fin días y horas inhábiles, y entregados en forma personal a los destinatarios del mismo ó persona autorizada a tal efecto, pudiéndose adelantar vía teléfónica.-
A lo demás oportunamente.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro