Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0076/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-29

Carátula: SCHWEMMLER JULIO ALEJANDRO C/ MARTINEZ JUAN CARLOS S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION LIQUIDACION (DOLAR) Y REG. HON.

EXPTE. Nº 0076/2006

AUTOS: SCHWEMMLER JULIO ALEJANDRO C/ MARTINEZ JUAN CARLOS S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2.008.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 47 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma total de $ 5.458, discriminados de la siguiente manera: la suma de $ 37 en concepto de gastos causídicos e intereses a la tasa mix y la suma de $ 5.421 por capital convertido a moneda de curso legal, más un intereses del 6 % anual atento la naturaleza extranjera de la moneda reclamada en autos, todo al 31-03-2008.-

Atento lo resuelto en el punto II de la sentencia dictada a fs. 15 y vta. y teniendo en cuenta el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. GUILLERMO CAMPORA, en la suma de $ 626. M.B.: $ 5.421, coef. 11 % red. en un 25 % y 40 %. (arts. 7, 8, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

a.p.

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