Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23003/08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-28

Carátula: COLEGIO PROFESIONAL DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA IV CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Descripción: Prov.vs.

Expte.N° 23003/08-STJ-

///MA, 28 de mayo de 2008.-

Por presentados, partes en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Sin perjuicio de expedirnos a posteriori sobre la temporaneidad (art.794 y 795 del Cód.Proc.Civ.y Com.), téngase por promovida acción de inconstitucionalidad de los arts.15 inc.a y 188 de la Ley N* 4193, en los términos del art.793 y sgtes.del Cód.Proc.Civ. y Com..-

Córrase traslado al Poder Ejecutivo Provincial y a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro por el término de treinta días (30), emplazándolos para que dentro de dicho término contesten y ofrezcan la prueba de la que intenten valerse.-

Notifíquese por cédula con entrega de copias de la demanda.-

A lo demás, oportunamente.-

Previo a todo:

a) Intímase a los accionante a la reposición de los sellados y aportes correspondientes al presente proceso (arts. 3 y 4 inc.m Ley Impositiva y art. 158 L.O.).-

FDO.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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