Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0245/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-28

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ HERNANDEZ MARIA LUISA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO SUELDO

EXPTE. Nº 0245/2008

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ HERNANDEZ MARIA LUISA S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2.008.-

Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe la demandada MARIA LUISA HERNANDEZ en las proporciones de ley, como empleada de la sra. Nora Elba Ilgner, hasta cubrir la suma de $ 2.134 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 427 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-

s.b.s.

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro