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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22115/07
Fecha: 2008-05-22
Carátula: REBORA TOMAS ARMANDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Resolucion Nº 553/05 DPA)
Descripción: dec.cuestion de puro derecho
Expte.N° 22115/07-STJ-
///MA, 22 de mayo de 2008.-
Atento el estado de autos y lo peticionado a fs.104, no existiéndo hechos controvertidos que merezcan ser objeto de comprobación, decláranse la cuestión de puro derecho (art.359 CPCyC).-
Córrase nuevo traslado a las partes por su orden y por el término de seis días para cada uno.-
Notifíquese por cédula (art.135 inc.11 CPCyC).-
Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro