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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38468
Fecha: 2008-05-22
Carátula: LAZOS ó LAZO Maria Florentina S/ Sucesión (Ex 26-XVI-08)
Descripción: Rectifica declaratoria
//neral Roca, 22 de MAYO de 2008.=
Y Vistos: Para resolver aclaratoria de fs. 59 y 59 vta. en éstos autos "LAZOS o LAZO MARIA FLORENTINA S/SUCESION" (Expte. 38.468-III-08).
A fs.59 se presenta el apoderado de las partes solicitando la rectificación de declaratoria de herederos dictada a fs.58 con fecha 31-03-08, que en su parte pertinente entre los dos apellidos "LAZOS" y "LAZO", utiliza las conjunciones copulativa y disyuntiva, correspondiendo esta última, situación que podría traer aparejados problemas a futuro al momento de efectuar las inscripciones de dominio, por lo que realiza tal petición.
A fs.30 se tiene por acreditado que María Florentina Lazos o Lazo son una misma y única persona.
Por lo expuesto y siendo procedente lo solicitado,
Resuelvo: tener presente lo manifestado y proceder a la rectificación de la declaratoria de herederos de fs.58, declarando que por fallecimiento de MARIA FLORENTINA LAZOS o LAZO le suceden en carácter de únicas y universales herederas sus hijas MARIA NORY y NILDA de apellidos BERTOLA y LAZOS o LAZO.
Notifíquese y registrese.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro