Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38468

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-22

Carátula: LAZOS ó LAZO Maria Florentina S/ Sucesión (Ex 26-XVI-08)

Descripción: Rectifica declaratoria

//neral Roca, 22 de MAYO de 2008.=

Y Vistos: Para resolver aclaratoria de fs. 59 y 59 vta. en éstos autos "LAZOS o LAZO MARIA FLORENTINA S/SUCESION" (Expte. 38.468-III-08).

A fs.59 se presenta el apoderado de las partes solicitando la rectificación de declaratoria de herederos dictada a fs.58 con fecha 31-03-08, que en su parte pertinente entre los dos apellidos "LAZOS" y "LAZO", utiliza las conjunciones copulativa y disyuntiva, correspondiendo esta última, situación que podría traer aparejados problemas a futuro al momento de efectuar las inscripciones de dominio, por lo que realiza tal petición.

A fs.30 se tiene por acreditado que María Florentina Lazos o Lazo son una misma y única persona.

Por lo expuesto y siendo procedente lo solicitado,

Resuelvo: tener presente lo manifestado y proceder a la rectificación de la declaratoria de herederos de fs.58, declarando que por fallecimiento de MARIA FLORENTINA LAZOS o LAZO le suceden en carácter de únicas y universales herederas sus hijas MARIA NORY y NILDA de apellidos BERTOLA y LAZOS o LAZO.

Notifíquese y registrese.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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