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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33685III
Fecha: 2008-05-21
Carátula: CREDIL S.R.L. c/MANRIQUE Luis A. S/ Ejecutivo
Descripción: A CHEQUE-regula acrecidos
//neral Roca, 21 de MAYO de 2008.=
Agréguese.
Téngase presente la caución personal ofrecida y la conformidad de Caja Forense formulada en el otro si digo.
Líbrese cheque a la orden de Marcela A. Saitta por la suma de $ 324,24.- en concepto de: saldo liquidación fs. 128.
Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela A. Saitta en la suma de $ ..100...- (M.B. $ 1.030,15.-retiros- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En........se libró cheque N°........-CONSTE.
En.........retiro cheque Dra. SAITTA. Conste.
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Poder Judicial de Río Negro