Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0792/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-20

Carátula: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CONTESTA DEMANDA -CITADA EN GARANTIA -

EXPTE. Nº 0792/2007

CARATULA: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, mayo de 2.008.-

Proveyendo a fs. 172:

Tiénese presente.-

Proveyendo a fs. 173/187:

Por presentada, parte conforme el poder acompañado y constituido el domicilio.-

Por contestada la citación en garantía dispuesta a fs. 102.-

Atento que la poliza acompañada carece de validez legal por ser un simple impreso, devuélvase la misma a su presentante.-

Tiénese presente la reserva formulada.-

Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

A los fines dispuestos a fs. 167 y conforme la prórroga concedida a fs. 172, vuelvan los autos en vista a la sra. Asesora de Menores.-

s.b.s.

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Poder Judicial de Río Negro