Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0256/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-20

Carátula: LOPEZ MARIA TRINIDAD Y OTRO C/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ ORDINARIO S/ OFICIO

Descripción: AUDIENCIA TESTIMONIAL CON SUPLETORIA

EXPTE. Nº 0256/2008

CARATULA: LOPEZ MARIA TRINIDAD Y OTRO C/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ ORDINARIO S/ OFICIO

Viedma, mayo de 2.008.-

Agréguese.-

Atento el estado de autos y sin perjuicio de la Jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria. A los fines de que los sres. Héctor Raúl Salas, Daniel Nicanor Leal y Emilio Guillermo Linares comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 2 de junio de 2.008 a las 8,30, 9,00 y 9,30 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 09/06/08 a la misma hora. Asimismo y a los fines que comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia a la que deberán comparecer los sres. Feliciana Jerez y Emilia Nemi fíjase audiencia para el día 3 de junio de 2008, a las 8,30 y 9,00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 10/06/08 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

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Poder Judicial de Río Negro