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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0594/2007
Fecha: 2008-05-20
Carátula: LLANCAQUEO FAUSTINO C/ ZUNZUNEGUI CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ INTERDICTO DE RETENER
Descripción: SE TIENE POR PROMOVIDA DEMANDA CONTRA HEREDEROS
EXPTE. Nº : 0594/2007.-
CARATULA: LLANCAQUEO FAUSTINO C/ ZUNZUNEGUI CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ INTERDICTO DE RETENER.-
Viedma, mayo de 2008.-
Tiénese presente la denuncia efectuada.-
Atento el estado autos y constancias de la causa, córrase traslado de la presente acción a los demandados Jorge Eduardo Cámpora, Beatriz Susana Cámpora y Marta Esther Cámpora, conforme términos dispuestos a fs. 38 con la rectificación de fs. 40, por el término de 16 días (art. 344 del C.Pr.).-
Previo, acompáñese tres juegos de copias para traslado de fs. 2/34; 36/37; 39 y 43.-
a.p.
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Poder Judicial de Río Negro