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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36171
Fecha: 2008-05-19
Carátula: VARGAS Robin Gustavo c/GIULIANO Marcela y otros S/ Ejecución de Alquileres
Descripción: Provid.//Resolucion
General Roca, 19 de mayo de 2008.-
Proveyendo a fs. 468/469: Agréguese y téngase presente.-
Atento el informe del banco obrante a fs. 465, librese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a fin de que transfiera de la cuenta de autos 220004182 la suma de $ 3.593,90 a la cuenta de los autos en que tramita el desalojo, Nº 220011121.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 19 de mayo de 2008.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " VARGAS ROBIN GUSTAVO c/ GIULIANO MARCELA y OTROS s/ EJECUCION DE ALQUILERES" (Expte. Nº 36.171-III-03).-
A fs.454 la actora practica liquidación de la suma adeudada por el Sr. Cesar Dominguez, la que asciende a la suma de $ 780,41. A fs.459 el ejecutado impugna la liquidación por cuanto aplica intereses sobre la suma de $ 1809,96, cuando a fs.399 se aprueba la liquidación por dicho monto pero se indica que corresponde deducir la suma de $ 1.200, por lo que la aplicación de intereses debió serlo sobre el saldo de $ 609,96.-
A fs.466 la actora contesta el traslado y manifiesta que no asiste razón al ejecutado en su planteo y solicita la aprobación de la planilla de fs.454.-
A fs.467 se dictan autos para resolver.-
En la resolución de fs.399 se ordenó rechazar la impugnación del Sr. Cesar Dominguez y aprobar la planilla de liquidación por la suma de $ 1.809,96, aún cuando debe tenerse en cuenta el depósito de $ 1.200.- retirado a fs.440 por la parte actora el día 17-12-07.-
Es por ello que corresponde efectuar el cálculo de intereses, desde el día 14-05-07 al 13/02/08 sobre el capital adeudado de $ 1.809,96 a la tasa mix, lo que arroja la suma de $ 168,80, resultando un total de $ 1.978,76. A dicho importe debe deducirse el pago realizado el 17-12-2007 de $ 1.200.- con los intereses (cuyo cálculo da la suma de $ 23,60).- quedando un saldo pendiente de pago de $ 755,16.-
De este modo el saldo pendiente de pago del Sr. Cesar Dominguez es de $755,16. En razón del vencimiento parcial en la impugnación de planilla, pues el monto requerido es de $ 780,41 y la planilla se aprueba por $ 755,16 las costas por la incidencia se aplican por su orden.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por el art.503 y cc. del C.P.C.-
RESUELVO: Hacer lugar parcialmente a la impugnación deducida y en su consecuencia aprobar la planilla de liquidación de fs.454 por la suma de $ 755,16.- al 13-02-08.-
Costas por la incidencia por su orden.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Elizabeth Quesada en $ 15.- y Andrea Bellesi en $ 15.- (M:B. $ 25,25 arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro