Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 26523III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-14

Carátula: FIGUEROA Eduardo c/GUTIERREZ José M. S/ Sumario

Descripción: a cedula

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dr. Jose Luis ZUAIN

Dr. Rubi ZUAIN patrocinantes de

Jose Manuel Gutierrez

Tucumán 661 - 4to. piso fo. 18 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FIGUEROA Eduardo c/GUTIERREZ José M. S/ Sumario” (Expte. N* 26523III), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 12 de mayo de 2008 .- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado el procedimiento durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.- Regulo los honorarios del Dr. Marcelo Herzig Gorriaran en la suma de $ 150.- Dra. Elisabeth Quesada en $ 150.- Dr. Rubi Zuain en $ 120.- , Dr. Jose Luis Zuain en $ 120.- (MB: $ 3.900 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).- Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs.7/10.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 14 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dr. Marcelo HERZIG GORRIARAN

Dra. Elizabeth QUESADA patrocinantes de

Eduardo Figueroa

Tucumán 661 - 3er. piso of. 13 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FIGUEROA Eduardo c/GUTIERREZ José M. S/ Sumario” (Expte. N* 26523III), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 12 de mayo de 2008 .- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado el procedimiento durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.- Regulo los honorarios del Dr. Marcelo Herzig Gorriaran en la suma de $ 150.- Dra. Elisabeth Quesada en $ 150.- Dr. Rubi Zuain en $ 120.- , Dr. Jose Luis Zuain en $ 120.- (MB: $ 3.900 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).- Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs.7/10.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 14 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

Villegas 973

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FIGUEROA Eduardo c/GUTIERREZ José M. S/ Sumario” (Expte. N* 26523III), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 12 de mayo de 2008 .- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado el procedimiento durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.- Regulo los honorarios del Dr. Marcelo Herzig Gorriaran en la suma de $ 150.- Dra. Elisabeth Quesada en $ 150.- Dr. Rubi Zuain en $ 120.- , Dr. Jose Luis Zuain en $ 120.- (MB: $ 3.900 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).- Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs.7/10.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 14 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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