Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 25396III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-14

Carátula: FERNANDEZ Oscar c/TIACFIL S.A. y O. S/ Ejecución de Alquileres

Descripción: a cedula

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Dr. Fernando CORREA URANGA patrocinante de

Oscar Fernandez

Misiones 1.692 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FERNANDEZ Oscar c/TIACFIL S.A. y O. S/ Ejecución de Alquileres” (Expte. N* 25396III), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 12 de mayo de 2008.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado el procedimiento durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Se hace saber que no se dicta la sentencia de trance y remate en virtud de que el presentante de fs. 37 (Sr. Antonio Gonzalez Orejas) no manifiesta en qué calidad comparece.-Regulo los honorarios del Dr. Fernado Correa Uranga, en $ 100.- (MB: $ 1500 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).- Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.- Glósese fs.5/9.-

Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 14 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

Villegas 973

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FERNANDEZ Oscar c/TIACFIL S.A. y O. S/ Ejecución de Alquileres” (Expte. N* 25396III), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 12 de mayo de 2008.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado el procedimiento durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Se hace saber que no se dicta la sentencia de trance y remate en virtud de que el presentante de fs. 37 (Sr. Antonio Gonzalez Orejas) no manifiesta en qué calidad comparece.-Regulo los honorarios del Dr. Fernado Correa Uranga, en $ 100.- (MB: $ 1500 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).- Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense.- Glósese fs.5/9.-

Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 14 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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