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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36821
Fecha: 2008-05-13
Carátula: SANATORIO JUAN XXIII S.R.L. c/Banca Nazionale del LAVORO S/ Cancelación
Descripción: Ordena pago//APELACION//of. observ.
oficio observado: se dejó sin efecto ESE oficio
General Roca, 13 de mayo de 2008.-
Proveyendo a fs. 458: Agréguese el saldo bancario y el cheque acompañado, anúlese y glósese el mismo.-
Atento lo solicitado, déjese sin efecto los oficios ordenados a fs. 448, 3er. y 4to. párrago.-
En consecuencia, líbrese oficio al Banco Patagonia SA, sucursal local, a fin de que abone directamente y por ventanilla a la Dra. GABRIELA MONTORFANO la suma de $ 4.215,81 en concepto de: a cuenta de honorarios de Estudio Etcheverry y asociados ($ 3.185,55) más IVA ($1.030,26), menos Ingresos Brutos y aporte de caja forense; a su vez transfiera a la cuenta de la Dirección General de Rentas la suma de $147,18 y a la cuenta de la Caja Forense la suma de $478,38 por 6% de aportes sobre honorarios del Dr. Gustavo Planchart ($105,20), Lisandro Lopez Meyer ($105,20) y Hernán Etcheverry ($84.-) y 5% de aportes sobre honorarios de los mismos profesionales ($183,98).-
Se deja constancia que le resta por percibir al Estudio Etcheverry la suma de $1.278,91.-
Intimese a la ejecutada a depositar en autos la suma de $ 1.545,38 correspondiente a la parte proporcional en que fuera condenada en costas por la Alzada, en el termino de CINCO días y bajo apercibimiento de ejecución.- Not.-
Proveyendo a fs. 459: Concédese el recurso arancelario interpuesto.-
Importando el escrito los fundamentos de la apelación, del mismo, traslado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro